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Impuestos de la vivienda turística y el alojamiento en Colombia: renta, IVA, factura electrónica, ICA y FONTUR

Artículo informativo, no es asesoría jurídica ni contable. Para su caso, confirme con su contador, la cámara de comercio o el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Un anfitrión en Colombia paga impuesto de renta sobre lo que gana, ICA en su municipio y, si es prestador permanente, la contribución parafiscal a FONTUR (2,5 por mil de los ingresos). Si supera 3.500 UVT ($183,3 millones en 2026) o incumple otro requisito, pasa a ser responsable de IVA y debe facturar electrónicamente.

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«¿Cuánto le toca a la DIAN de lo que gano en Airbnb?» es una de las preguntas más buscadas por los anfitriones colombianos. La respuesta tiene cuatro piezas: renta, IVA, impuestos municipales y la contribución a FONTUR. Y en 2026 hay una quinta en discusión: la reforma tributaria que quiere cobrar IVA a los turistas extranjeros.

El mapa de impuestos

ImpuestoQuiénBase y tarifaPeriodicidad
RentaTodos (si superan los topes)Ingresos menos costos y gastos; tarifa progresiva o Régimen SimpleAnual
IVAResponsables de IVA19 % del alojamiento; exento para no residentes con requisitosBimestral o cuatrimestral
ICASegún el municipioTarifa municipal sobre ingresosSegún el municipio
Contribución parafiscal FONTURPrestadores turísticos con RNT2,5 por mil de los ingresos operacionalesTrimestral

Renta

Lo que gana con su alojamiento se suma a sus demás ingresos en la declaración anual. Puede restar los costos necesarios: comisiones de Airbnb y Booking, aseo y lavandería, servicios públicos, administración, predial, mantenimiento, internet, depreciación de muebles, software y chapas. Guarde soportes de todo.

Topes para el año gravable 2026 (se declara en 2027), con la UVT de $52.374: ingresos brutos superiores a 1.400 UVT ($73,3 millones) o patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($235,7 millones), entre otros.

IVA: el umbral de 3.500 UVT

No responsable (cumple todo) ✓ ingresos gravados < 3.500 UVT ($183,3 M) ✓ consignaciones < 3.500 UVT ✓ un solo establecimiento de comercio ✓ sin franquicias ni usuario aduanero ✓ contratos gravados < 3.500 UVT Responsable (falla uno) • cobra IVA del 19 % al huésped • actualiza el RUT • factura electrónica DIAN • declara IVA periódicamente • exención para no residentes
Varias viviendas turísticas pueden contar como varios establecimientos: revise este punto con su contador.

Hoteles, hostales y glampings que operan como empresa son, casi siempre, responsables de IVA. Para la persona natural con una o dos viviendas turísticas, todo depende de cumplir todos los requisitos del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario. Si es responsable, factura electrónicamente y puede aplicar la exención de IVA a turistas extranjeros no residentes.

La reforma tributaria de 2026

El Gobierno radicó el 20 de julio de 2026 un proyecto de ley de financiamiento que, entre otras cosas, eliminaría la exención de IVA para servicios turísticos a no residentes, sustituyéndola por un esquema de devolución. A octubre de 2026 está en trámite en el Congreso; los gremios (Cotelco, Anato) se oponen. Si se aprueba, usted cobraría el 19 % también al turista extranjero, que después pediría la devolución: sube el precio final y cambia lo que usted declara.

ICA y FONTUR

Lo que la DIAN ya sabe

Desde 2020 Airbnb está inscrita en el RUT y paga IVA por sus servicios en Colombia. El proyecto de decreto del RNT, además, obligaría a las plataformas a compartir datos con la DIAN y FONTUR. Si declara menos de lo que cobra, la diferencia aparece. Y sin RNT activo no puede aplicar la exención de IVA a extranjeros.

Calendario básico

Los meses de más ingreso son también los de más trabajo; los vemos en la guía de temporadas y puentes festivos.

Preguntas frecuentes

¿Airbnb me retiene impuestos?

Airbnb cobra y paga el IVA de su propia comisión de servicio en Colombia, pero no declara su renta por usted. Lo que gane como anfitrión lo declara usted.

¿Tengo que declarar renta si solo tengo un apartamento?

Depende de sus ingresos y patrimonio totales, no del número de apartamentos. Para el año gravable 2026 (declaración en 2027), está obligado, entre otros casos, si sus ingresos brutos superan 1.400 UVT ($73,3 millones) o su patrimonio bruto supera 4.500 UVT ($235,7 millones).

¿La vivienda turística paga IVA?

Los servicios de alojamiento turístico están gravados con IVA. Si usted es persona natural y cumple todos los requisitos para ser no responsable (ingresos por debajo de 3.500 UVT, un solo establecimiento, etc.), no cobra IVA. Si incumple uno, se vuelve responsable. Revise su caso con su contador.

¿Pago FONTUR si alquilo solo en vacaciones?

El Ministerio indica que la vivienda turística ocasional está exenta de la contribución parafiscal. La exención temporal para municipios de hasta 200.000 habitantes (artículo 304 de la Ley 2294 de 2023) cubrió solo los trimestres del tercero de 2023 al cuarto de 2024; desde 2025 esos aportantes vuelven a declarar y pagar.

¿El Régimen Simple me conviene?

Para muchos pequeños prestadores sí, porque unifica renta, ICA y otros impuestos en un pago con tarifa sobre ingresos. Depende de sus márgenes y su municipio; haga las cuentas con su contador.

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Fuentes

  1. DIAN — UVT 2026 en $52.374 (Resolución 000238 de 2025), vía INCP
  2. Actualícese — Condiciones para ser no responsable de IVA en 2026
  3. MinCIT — Preguntas frecuentes: contribución parafiscal y vivienda turística ocasional
  4. FONTUR — Manual de recaudo de la contribución parafiscal (2026)
  5. Baker McKenzie — Proyecto de reforma tributaria 2026

Normas revisadas por última vez el 16 de octubre de 2026.