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SIRE para hoteles, hostales y vivienda turística: cómo reportar a los huéspedes extranjeros y evitar multas de hasta 2.631 UVT
Artículo informativo, no es asesoría jurídica ni contable. Para su caso, confirme con su contador, la cámara de comercio o el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Si aloja extranjeros, debe reportar su entrada y su salida en el SIRE de Migración Colombia, de forma oportuna. El registro en la plataforma es gratuito y se valida en 3 a 5 días hábiles. No reportar o hacerlo tarde puede costar entre 105,25 y 2.631,30 UVT: en 2026, de unos $5,5 millones a $137,8 millones.
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Colombia recibe cada año más visitantes extranjeros, y cada uno que duerme en su alojamiento genera una obligación con Migración Colombia: reportarlo en el SIRE, el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros. Es independiente de la TRA del Ministerio y sus multas son mucho más altas. En enero de 2026 Migración renovó la plataforma; esto es lo que hay que saber.

Quién debe reportar
El SIRE se rige por el Decreto 1067 de 2015 y la Resolución 2357 de 2020. Según el ABC publicado por Migración Colombia en marzo de 2026, deben reportar los hoteles y alojamientos que reciban turistas extranjeros, además de empleadores, colegios o clínicas. En alojamiento: hoteles, hostales, posadas, glampings, fincas y viviendas turísticas.
Cómo registrarse
- Entre a la plataforma SIRE desde el portal de Migración Colombia.
- Elija Registro de persona que reporta (persona natural) o persona jurídica, y diligencie los datos.
- Espere la validación: de 3 a 5 días hábiles.
- Inicie sesión con su documento y contraseña y cargue los reportes de alojamiento y hospedaje.
El registro es gratuito y, si la plataforma cambia de interfaz, no hay que volver a registrarse.
Qué se reporta
| Dato | De dónde sale |
|---|---|
| Tipo y número de documento | Pasaporte o cédula de extranjería |
| Nombres y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad | Documento |
| Movimiento: ingreso o salida del alojamiento, con fecha | Su reserva y el check-in / check-out |
| Datos del establecimiento que reporta | Su registro en el SIRE |
En alojamiento se reportan los dos movimientos: la entrada y la salida de cada huésped extranjero.
Las multas en pesos
Migración insiste en que el SIRE no es una herramienta sancionatoria sino de corresponsabilidad, pero el rango es real y aplica a personas naturales y jurídicas.
SIRE, TRA e IVA: un mismo dato, tres usos
- TRA: todos los huéspedes, al Ministerio. Ver la guía de la TRA.
- SIRE: solo extranjeros, a Migración Colombia.
- Exención de IVA: para facturar sin IVA a un turista extranjero no residente necesita el soporte de su pasaporte y su ingreso al país. Lo contamos en IVA y turistas extranjeros.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para reportar en el SIRE?
Para alojamiento, Migración Colombia pide que el reporte sea oportuno y no extemporáneo, conforme a la naturaleza de la actividad. El plazo fijo de 15 días calendario es para la vinculación laboral, no para hoteles. Lo prudente es reportar la entrada el mismo día del check-in y la salida el día del check-out.
¿Tengo que reportar a extranjeros con cédula de extranjería?
El SIRE es para ciudadanos extranjeros en el territorio nacional, tengan pasaporte o cédula de extranjería. Reporte a todo huésped que no sea colombiano.
¿Y a los colombianos con doble nacionalidad?
Si se identifican como colombianos con su cédula, son huéspedes nacionales: van a la TRA, no al SIRE.
¿Cuánto tarda el registro en el SIRE?
Según Migración Colombia, la validación del usuario tarda de 3 a 5 días hábiles. Hágalo antes de recibir a su primer huésped extranjero, no la noche en que llega.
¿Qué hago si el SIRE falla?
Migración Colombia indica que las fallas técnicas se reportan mediante una PQRS en su página. Guarde evidencia del intento y reporte en cuanto se restablezca.
Se lo dejamos configurado, sin costo
Conectamos con usted la TRA del Ministerio, el SIRE de Migración Colombia, sus canales de venta y la chapa inteligente. Los primeros 30 días no tienen costo y la ayuda con la configuración siempre es gratuita.
Empezar gratisFuentes
- Migración Colombia — ABC del SIRE (marzo de 2026)
- Resolución 2357 de 2020 de Migración Colombia (SIRE) — Cancillería
- SIRE — acceso a la plataforma
- DIAN — Resolución 000238 de 2025: UVT 2026 en $52.374 (INCP)
Normas revisadas por última vez el 15 de octubre de 2026.