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SIRE para hoteles, hostales y vivienda turística: cómo reportar a los huéspedes extranjeros y evitar multas de hasta 2.631 UVT

Artículo informativo, no es asesoría jurídica ni contable. Para su caso, confirme con su contador, la cámara de comercio o el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Si aloja extranjeros, debe reportar su entrada y su salida en el SIRE de Migración Colombia, de forma oportuna. El registro en la plataforma es gratuito y se valida en 3 a 5 días hábiles. No reportar o hacerlo tarde puede costar entre 105,25 y 2.631,30 UVT: en 2026, de unos $5,5 millones a $137,8 millones.

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Colombia recibe cada año más visitantes extranjeros, y cada uno que duerme en su alojamiento genera una obligación con Migración Colombia: reportarlo en el SIRE, el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros. Es independiente de la TRA del Ministerio y sus multas son mucho más altas. En enero de 2026 Migración renovó la plataforma; esto es lo que hay que saber.

Huésped fotografía su documento de identidad con el móvil en la mesa de una cafetería

Quién debe reportar

El SIRE se rige por el Decreto 1067 de 2015 y la Resolución 2357 de 2020. Según el ABC publicado por Migración Colombia en marzo de 2026, deben reportar los hoteles y alojamientos que reciban turistas extranjeros, además de empleadores, colegios o clínicas. En alojamiento: hoteles, hostales, posadas, glampings, fincas y viviendas turísticas.

Cómo registrarse

  1. Entre a la plataforma SIRE desde el portal de Migración Colombia.
  2. Elija Registro de persona que reporta (persona natural) o persona jurídica, y diligencie los datos.
  3. Espere la validación: de 3 a 5 días hábiles.
  4. Inicie sesión con su documento y contraseña y cargue los reportes de alojamiento y hospedaje.

El registro es gratuito y, si la plataforma cambia de interfaz, no hay que volver a registrarse.

Qué se reporta

DatoDe dónde sale
Tipo y número de documentoPasaporte o cédula de extranjería
Nombres y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidadDocumento
Movimiento: ingreso o salida del alojamiento, con fechaSu reserva y el check-in / check-out
Datos del establecimiento que reportaSu registro en el SIRE

En alojamiento se reportan los dos movimientos: la entrada y la salida de cada huésped extranjero.

PASAPORTEdel documentode su reservade su registro SIREReporte deingresoReporte desalidaTipo y número dedocumentodel documentoNombres y apellidosdel documentoFecha de nacimientodel documentoNacionalidaddel documentoMovimiento con fechade su reservaDatos delestablecimientode su registro SIREPase el mouse por un dato para ver de dónde sale.Tipo y número de documento: pasaporte o cédula de extranjería.Nombres y apellidos: del documento.Fecha de nacimiento: del documento.Nacionalidad: del documento.Movimiento con fecha: ingreso o salida del alojamiento, con fecha: de su reserva y delcheck-in / check-out.Datos del establecimiento: los del establecimiento que reporta, de su registro en el SIRE.
PASAPORTETipo y número de documentodel documento→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidapasaporte o cédula de extranjería.Nombres y apellidosdel documento→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidadel documento.Fecha de nacimientodel documento→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidadel documento.Nacionalidaddel documento→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidadel documento.Movimiento con fechade su reserva→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidaingreso o salida del alojamiento, con fecha:de su reserva y del check-in / check-out.Datos del establecimientode su registro SIRE→ Reporte de ingreso ·Reporte de salidalos del establecimiento que reporta, de suregistro en el SIRE.
En alojamiento se reportan los dos movimientos de cada huésped extranjero: la entrada y la salida.

Las multas en pesos

105,25 UVT ≈ $5,5 millones 2.631,30 UVT ≈ $137,8 millones Resolución 3770 de 2021 de Migración Colombia · UVT 2026 = $52.374 Por no reportar, reportar tarde o alojar sin cumplir los requisitos migratorios, tras proceso sancionatorio.
Una sola multa mínima equivale a muchas noches de un apartamento en Medellín o Cartagena.

Migración insiste en que el SIRE no es una herramienta sancionatoria sino de corresponsabilidad, pero el rango es real y aplica a personas naturales y jurídicas.

SIRE, TRA e IVA: un mismo dato, tres usos

Desde el lado técnicoLos errores que más vemos son de digitación: una letra cambiada en un número de pasaporte o el apellido en el campo del nombre. Un pasaporte tiene una zona de lectura mecánica pensada justamente para no digitar; leerla en el check-in en línea quita el problema de raíz.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para reportar en el SIRE?

Para alojamiento, Migración Colombia pide que el reporte sea oportuno y no extemporáneo, conforme a la naturaleza de la actividad. El plazo fijo de 15 días calendario es para la vinculación laboral, no para hoteles. Lo prudente es reportar la entrada el mismo día del check-in y la salida el día del check-out.

¿Tengo que reportar a extranjeros con cédula de extranjería?

El SIRE es para ciudadanos extranjeros en el territorio nacional, tengan pasaporte o cédula de extranjería. Reporte a todo huésped que no sea colombiano.

¿Y a los colombianos con doble nacionalidad?

Si se identifican como colombianos con su cédula, son huéspedes nacionales: van a la TRA, no al SIRE.

¿Cuánto tarda el registro en el SIRE?

Según Migración Colombia, la validación del usuario tarda de 3 a 5 días hábiles. Hágalo antes de recibir a su primer huésped extranjero, no la noche en que llega.

¿Qué hago si el SIRE falla?

Migración Colombia indica que las fallas técnicas se reportan mediante una PQRS en su página. Guarde evidencia del intento y reporte en cuanto se restablezca.

Se lo dejamos configurado, sin costo

Conectamos con usted la TRA del Ministerio, el SIRE de Migración Colombia, sus canales de venta y la chapa inteligente. Los primeros 30 días no tienen costo y la ayuda con la configuración siempre es gratuita.

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Fuentes

  1. Migración Colombia — ABC del SIRE (marzo de 2026)
  2. Resolución 2357 de 2020 de Migración Colombia (SIRE) — Cancillería
  3. SIRE — acceso a la plataforma
  4. DIAN — Resolución 000238 de 2025: UVT 2026 en $52.374 (INCP)

Normas revisadas por última vez el 15 de octubre de 2026.